¿Comprar verde por maduro?
La utilización de productos
químicos en funciones diferentes a las que están
registradas, como la maduración o desverdización de
frutas y vegetales, constituye una ilegalidad
LISANDRA FARIÑAS ACOSTA y SHEYLA DELGADO GUERRA
La
maduración inducida de frutas y vegetales con químicos y
sus consecuencias ha sido en los últimos tiempos una
inquietud cotidiana de la población, al adquirir en el
mercado muchas veces productos adulterados y sin calidad,
y haber gastado en vano su dinero.
No son pocos los ciudadanos que se cuestionan los
mecanismos de protección al consumidor y los riesgos que
puede desencadenar para la salud el consumo de frutos "aparentemente
maduros".
Es sabida la importancia que tienen las frutas y
vegetales por su alto contenido de vitaminas y minerales,
y por aportar al organismo la mayor parte del agua que
este requiere. Pero el éxito de su incorporación a
nuestra dieta depende de múltiples factores: adecuada
atención cultural al cultivo durante su desarrollo,
utilización de productos inocuos (preferentemente de
origen orgánico), manejo poscosecha evitando la mala
manipulación y daños durante el transporte, entre otros
aspectos.
Ante la elevada demanda que poseen en el mercado
nacional, hay quienes aceleran su "maduración" para
comercializarlos, acudiendo a disímiles técnicas, desde
las tradicionales "guacas" —aplicadas fundamentalmente
al plátano—; la colocación dentro de bolsas de plástico
(nailon) y posteriormente en zonas donde penetre poca
luz... hasta el uso indistinto de sustancias de origen
químico.
No se debe confundir la madurez comercial con la
fisiológica. Según la Organización de las Naciones
Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la
madurez comercial es aquella que se logra cuando el
cultivo cumple con los indicadores exigidos por el
mercado. En tanto, la fisiológica está asociada a la
composición nutricional, sabor característico,
consistencia, color...
Lamentablemente algunos olvidan estos conceptos
básicos, movidos por intereses "de bolsillo", y "contribuyen"
a acelerar la despigmentación de varios vegetales y
frutas con el fin de expenderlos en un espacio de tiempo
inferior a su ciclo habitual de cosecha.
MADURAR... PERO CON QUÉ
Varios especialistas coinciden en que los productos
químicos más usados en este sentido en Cuba son el
carburo —cuyo empleo está prohibido para estos fines— y
en mayor medida el etefón o flordimex, este último su
nombre comercial.
En la agricultura cubana la utilización del etefón
está autorizada —de acuerdo con el doctor Gonzalo
Dierksmeier, director de la Unidad Científico Técnica de
Base (UCTB) Química, del Instituto de Sanidad Vegetal (INISAV)—
como regulador del crecimiento en el arroz, y como
fitorregulador en aplicaciones foliares para inducir la
maduración en la etapa precosecha, en cultivos como
piña, café, cítricos, plátano, caña y tomate, al ser
esta una condición necesaria para su correcta
recolección. También como madurador en aplicaciones
foliares de la caña de azúcar, entre 6 y 12 semanas
previo a la cosecha; y en el tabaco, para el control de
la Orobanche ramosa.
"Dicho compuesto forma parte de la lista oficial de
plaguicidas autorizados, recogida en el Registro Central
de Plaguicidas de la República de Cuba", apuntó.
Al respecto el doctor José Carrera, vicedirector del
Instituto de Nutrición e Higiene de los Alimentos,
especificó a Granma que es un plaguicida órgano
fosforado que se aplica quince días antes de la
recolección de los frutos mediante varios métodos:
aspersión, inmersión o inyección (pincelado del
pedúnculo o tallo).
José Antonio Maura Romero —jefe del Departamento de
Plaguicidas, del Centro Nacional de Sanidad Vegetal
(CNSV)— afirmó que hoy se importa el etefón para
emplearlo mayormente en plantaciones de caña y, en el
caso específico de las formas productivas del Ministerio
de la Agricultura (MINAG), para los cultivos de piña y
tabaco.
Si bien en nuestro país existen varias cámaras en las
que se emplean técnicas de maduración mediante
aplicaciones gaseosas de químicos, los niveles de
residualidad en las frutas son ínfimos respecto a lo
regulado internacionalmente, agregó Maura Romero.
"Pero la inducción de la madurez comercial por el
cambio de coloración de forma no especializada, a
productos que han sido recolectados sin tener la madurez
fisiológica necesaria —explicó—, lejos de constituir un
proceso de maduración deviene mecanismo de
despigmentación de la clorofila. Es más bien una
‘desverdización’ y, además, una verdadera estafa a los
consumidores."
En cuanto a la composición nutricional de los frutos
una vez sometidos a este proceso, señaló el doctor José
Carrera que "el uso en dosis elevadas del etefón provoca
la fototoxicidad del fruto (cambios de coloración) o
deshidratación por excesiva maduración, lo que conlleva
a la pérdida de sus propiedades. Los niveles de sólidos
solubles y azúcares totales disminuyen, así como los de
vitamina C y carotenoides".
Aunque internacionalmente sí está regulado su uso
como madurador en la etapa poscosecha; en Cuba no. De
ahí lo preocupante de esta práctica ya generalizada
entre los vendedores en ciertos establecimientos y
carretilleros.
Según establece la Resolución 23 del 2000, del MINAG,
en su artículo primero: los plaguicidas son
planificados, balanceados y controlados centralmente por
el Departamento de Plaguicidas del CNSV.
Sin embargo, tal disposición se ve limitada en la
comercialización, pues los inspectores agropecuarios del
sistema empresarial de la Agricultura (incluyendo a los
de Sanidad Vegetal) están volcados principalmente a
evitar las violaciones en el campo y no así en los
mercados, explicaron funcionarios del MINAG.
Salta a la vista una preocupación: si el suministro
de etefón —el cual se incluye en el paquete tecnológico
que se entrega a los agricultores especializados en los
rubros referidos— es controlado, ¿cómo es posible
entonces que se desvíe para fines no autorizados y no se
apliquen sanciones a los responsables?, ¿quién responde
por los recursos que el Estado invierte en paquetes
tecnológicos?
¿INOCUOS?
La pregunta que cada ciudadano se hace tras la compra
fracasada, es si, además de sentirse timado, no estará
arriesgando su salud al consumir estos productos. Mucho
se ha especulado sobre las consecuencias nocivas de los
frutos madurados con químicos, como por ejemplo si
pueden activar células cancerígenas.
Asegura el doctor José Carrera que hasta el momento
no hay registrado en la literatura disponible que los
residuos presentes luego de la aplicación del etefón
provoquen intoxicaciones agudas, "ya que se requiere de
niveles elevados y consumos altos diariamente".
Especifica Gonzalo Dierksmeier, de Sanidad Vegetal,
que se trata de una sustancia que tiene toxicidad de un
3 % en la escala de la Organización Mundial de la Salud,
lo cual no es significativo.
"El etefón tiene la propiedad de penetrar en los
cultivos y liberar etileno; gas que produce el efecto
madurador. ¿Qué queda como residuo de la molécula?
Ácidos clorhídrico y fosforoso, ninguno de los cuales
tiene efectos nocivos."
En dosificaciones adecuadas, el producto es inocuo
para la salud humana. Pero, ¿es así como se está
empleando? ¿Tendrá el mismo impacto en personas sanas
que en aquellas con algún padecimiento? ¿Su uso
indiscriminado no representa un riesgo para la salud de
aquellos que manipulan esta sustancia a "ojo de buen
cubero"?
No puede obviarse que estamos hablando de un
plaguicida, y como tal existen normas de protección a
respetar por técnicos y productores para su aplicación y
manipulación. De ahí que el cumplimiento de las buenas
prácticas de cultivo sea esencial.
Los químicos que se usan como "maduradores" —o mejor,
desverdizadores— son una de las tantas aristas de la
ilegalidad y contemplar su empleo es otra expresión de
la impunidad, con la cual actuan los viloladores. Ante
la pasadera de responsabilidades de un organismo a otro,
el problema sigue ahí... creciendo. Al final la mayor
perjudicada es la población, que paga precios nada
desestimables por productos con una supuesta calidad que
no tienen.
Les compete entonces a las autoridades y organismos
pertinentes como el MINAG, el Grupo Azucarero, el MINCIN
y el MINSAP revertir esta situación; establecer las
normas que resulten eficaces para el control y
vigilancia en su forma de empleo, y así velar por algo
tan imprescindible como la protección al consumidor.
Es un
delito
La Fiscalía
General de la República informó que aquellos
involucrados en el desvío y utilización ilícita
de este tipo de productos pueden incurrir en
delitos de hurto, apropiación indebida y hasta
malversación; por lo que las medidas aplicadas a
los infractores deben ser severas.
El artículo
198, del Código Penal, referido a los delitos
contra la salud pública, establece que "todo el
que se apodere, trafique, almacene, facilite,
procese, reciba, emplee, transporte o exporte
sustancias u objetos contaminados o
contaminadores, o destinados a ser inutilizados
o desinfectados, o los retenga indebidamente en
su poder, incurre en sanción de privación de
libertad de seis meses a dos años, o multa de
200 a 500 cuotas, o ambas". |
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