Tronchado negocio de antenas
Anaysi Fernández
Eduardo Isern no tenía ocupación laboral, pero disfrutaba de un sustento económico nada despreciable. Ciertos "negocios" se lo proporcionaban. Había encontrado en la piratería y transmisión ilegal de señales televisivas, la vía idónea para sus propósitos.
Sus clientes eran personas poseedoras de equipos receptores de señal de televisión, a quienes les entregaba las tarjetas o los códigos de recarga de las mismas a cambio del pago de 30 CUC mensuales. De esta manera podían acceder —de manera ilícita— a programas foráneos emitidos por DirecTV: novelas, musicales, deportes¼ y, entre unos y otros, mensajes mediáticos con la mira puesta en desprestigiar y desestabilizar a la Revolución cubana.
Sustentar el "servicio" requería de proveedores. Así se relacionó con Alejandro Canetti, quien contactó con sus hijos residentes permanentes en los Estados Unidos para que realizasen contratos con la Compañía DirecTV en ese país y recibir la televisión por cable con el uso de receptores y tarjetas magnéticas de señal satelital, de las que solicitaban incluso varias extensiones. Luego enviaban a su padre los códigos necesarios para su explotación, y este se los proporcionaba a su amigo a cambio del pago trimestral de 300 CUC.
Eduardo fue en busca de otras fuentes. Por Internet contactó con personas domiciliadas en el exterior que le facilitaron igual servicio, siempre mediando la entrega de cierta cantidad de dinero. Para entrar a la red de redes se aprovechaba de una cuenta perteneciente a una institución estatal, a la que le dio acceso el informático de la entidad, quien también obtenía beneficios con tales operaciones.
Con igual propósito se relacionó con otro ciudadano que, violando todas las ordenanzas y mecanismos establecidos para garantizar la seguridad informática de su entidad, le habilitó una cuenta de acceso directo a Internet y le facilitó así la búsqueda de información y obtención de programas vinculados a las tarjetas sintonizadoras, recepción de señales satelitales, antenas parabólicas y transmisiones de televisión a través de la vía digital.
El camino de ilegalidades finalmente se vio tronchado con la actuación policial y la intervención de organismos encargados de hacer cumplir las normativas jurídicas cubanas e internacionales, las cuales prohíben operar y explotar servicios de distribución de programas de televisión a personas naturales y jurídicas sin la debida autorización.
El Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana juzgó y sancionó a los ciudadanos implicados en estos hechos a penas de tres años de limitación de libertad a unos, y de igual tiempo de trabajo correccional sin internamiento a otros, por cometer el delito de Actividades económicas ilícitas, previsto en el Código Penal cubano.
Otros ciudadanos inescrupulosos también han visto en estos procedimientos un modo fácil de obtener beneficios económicos personales, sin detenerse a pensar en los costos moral e ideológico que representan para el país la recepción de mensajes que tratan de tergiversar la realidad cubana y socavar los valores culturales y patrióticos.
Quienes así actúan se exponen a similares condenas penales u otras administrativas, como la imposición de multas que oscilan entre los 10 000 y los 30 000 pesos, así dispuestas en resoluciones emitidas por el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
Periódicamente los especialistas de este organismo realizan rastreos de transmisiones ilegales de señales satelitales, imponen a los infractores las sanciones pecuniarias correspondientes y confiscan los medios utilizados. Su finalidad es asegurar el respeto y la preservación de la legalidad y la soberanía cubanas.
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